El regulador acusó a la estatal de manipular reportes sobre las emisiones de dióxido de azufre de su refinería en Concón.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cuatro cargos contra Enap Refinerías por entregar información falsa e incompleta sobre su desempeño ambiental en la Refinería Aconcagua, en la comuna de Concón. Dos de ellos fueron calificados como «gravísimos». Así lo informó este lunes el organismo, que acusó a la estatal de ocultar, alterar y reportar de forma deliberadamente imprecisa antecedentes técnicos. Según el fiscalizador, eso le impidió ejercer a tiempo sus facultades de supervisión y castigo.
Las faltas imputadas vulneran el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Concón, Quintero y Puchuncaví y la norma de ruidos. De confirmarse, la empresa arriesga sanciones que, en conjunto, suman hasta 22.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). Con el valor de la UTA de octubre ($865.812), esa cifra equivale a unos $19.047 millones, más de US$19 millones al tipo de cambio de hoy. El crudo que procesa la refinería contiene azufre. Para evitar que termine en el aire como dióxido de azufre (SO2), un gas contaminante, la planta usa un Sistema de Recuperación de Azufre (SRA), que según el PPDA debe capturar al menos el 98% al año. El primer cargo gravísimo apunta a que Enap no alcanzó esa meta entre 2023 y 2025. De acuerdo con la SMA, la compañía manipuló internamente los datos para simular un cumplimiento que en la práctica no existía. Al rehacer los cálculos, el regulador concluyó que la eficiencia real fue de 94,1% en 2023, de 90,5% en 2024 y de 90,2% en 2025.
La segunda imputación gravísima se refiere al tope de emisiones de SO2, fijado en 1.145 toneladas anuales. Según la Superintendencia, la petrolera dejó fuera de sus reportes oficiales, durante años, la corriente de flaring. Se trata de la quema de gases en antorchas, la segunda fuente de emisiones más relevante del recinto. Al incorporarla, el organismo verificó que Enap sobrepasó el límite, con 1.277 toneladas en 2023 y 1.168 en 2024. «El cumplimiento del Plan de Descontaminación de Concón, Quintero y Puchuncaví no es opcional, y entregar información veraz y completa a la autoridad es algo básico», sostuvo el superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra. El jefe del servicio añadió que, según los antecedentes de la División de Fiscalización, lo informado por la empresa sobre la recuperación de azufre y las emisiones de sus antorchas «no reflejaba la realidad».
Ruidos y monitoreo El procedimiento suma dos cargos leves. Uno es no haber validado el sistema de monitoreo continuo de emisiones (CEMS) de la unidad de Cracking Catalítico, a tres años de que retomara operaciones con un lavador de gases (Wet Gas Scrubber). Ese equipo mide material particulado, SO2, óxidos de nitrógeno y flujo de gases. Su falta de validación afecta la publicación de datos en línea para la ciudadanía que contempla el plan de descontaminación. La otra falta corresponde a ruidos. En mediciones nocturnas de noviembre y diciembre de 2025 en receptores sensibles de la Zona II, se registraron hasta 57 decibeles, por sobre el máximo de 45 que fija la norma. La SMA vinculó esta imputación con un historial de 16 denuncias de la comunidad por ruidos, vibraciones e inestabilidad operacional en el sistema de antorchas.
Multas Según la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), cada infracción gravísima puede castigarse con la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) -el permiso ambiental del proyecto-, la clausura o una multa de hasta 10.000 UTA. Las faltas leves, en tanto, contemplan una amonestación por escrito o multas de hasta 1.000 UTA. De ahí sale el monto máximo acumulado que arriesga Enap si el dictamen final confirma las responsabilidades. La estatal tiene 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC), es decir, un plan para corregir las infracciones, o 22 días hábiles para formular sus descargos. Ambos plazos ya fueron ampliados de oficio. Lo que presente la empresa será evaluado «con todo el rigor técnico», aseguró Ibarra. En paralelo, la SMA enviará los antecedentes al Ministerio Público y a la Contraloría General de la República por eventuales delitos y otras irregularidades.
Fuente: Emol.com –
Fuente: Emol.com
























































